Santo Domingo. – La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) impugnó la Resolución núm. 624-05 emitida por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), al considerar que la medida vulnera los derechos de los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social y lesiona los fondos acumulados por los trabajadores para su pensión.
La entidad, creada mediante la Ley 87-01 con el objetivo de proteger los derechos de los afiliados, cuestionó que la resolución autorice el uso de los recursos depositados en la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) para financiar pensiones por discapacidad de carácter vitalicio, cuando la legislación vigente establece que estas prestaciones deben ser cubiertas por la prima del seguro de vida y no con los ahorros del trabajador.
El director general de la DIDA, Elías Báez, explicó que el recurso legal sometido ante el CNSS solicita la suspensión inmediata de los efectos de la resolución, así como el inicio de un nuevo proceso de revisión que incluya la participación de todas las entidades que integran el sistema. Asimismo, se plantea la aplicación de la retroactividad favorable, conforme al artículo 13 de la Ley 107-13, con el fin de restituir los derechos de los afiliados cuyos siniestros y solicitudes se produjeron antes del 20 de mayo de 2025.
Báez advirtió que la normativa impugnada “mantiene vigentes los efectos de restricciones previamente anuladas por el Tribunal Constitucional”, al excluir los casos anteriores a la sentencia y eliminar garantías fundamentales, como el reconocimiento de la pensión a partir del diagnóstico médico.
La DIDA también alertó que la resolución elimina el derecho de traspaso entre Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), incluso en situaciones donde existen derechos adquiridos, lo que —según la institución— genera contradicciones normativas y debilita la protección del sistema de pensiones.
La entidad recordó que previamente había solicitado al CNSS la adecuación del contrato póliza conforme a lo establecido por el Tribunal Constitucional, así como su inclusión en las mesas técnicas de discusión, planteamientos que no fueron acogidos por el órgano rector.
En ese sentido, la DIDA reiteró que cualquier modificación normativa debe evitar medidas regresivas y garantizar que los fondos de los trabajadores no sean utilizados para cubrir prestaciones que, de acuerdo con la Ley 87-01, corresponden a las aseguradoras.
Finalmente, la institución informó que continuará utilizando los mecanismos administrativos y judiciales necesarios para salvaguardar los derechos de los afiliados al sistema de seguridad social, en especial de los sectores más vulnerables.














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